Ante los insistentes expresiones de caracterizadas figuras del "mundo del espectáculo", el episcopado de la Iglesia Católica Argentina se expedirá oficialmente acerca de la "pena de muerte" en el transcurso de la próxima semana.
Si bien se sabe que la instauración de la pena de muerte en la República Argentina violaría la adhesión de esta a diversos tratados internacionales incorporados a la constitucion nacional, la Iglesia dejaría sentado su posición para tranquilidad espiritual de sus fieles.
El documento, avalado por todos los obispos del país, al que tuvimos acceso en forma exclusiva, afirma en sus partes sustanciales:
"Si bien es por demás conocida la posición de la Iglesia Católica en defensa de la vida humana, nos avendríamos a la instauración de la pena máxima si, como paso previo, se incluye en el código penal la figura de la "ordalía" o "Juicio de Dios" tal como fue enunciada en el Concilio de Maguncia en el año 888."
"Una vez que el inculpado tenga sentencia firme deberá ser llevado a un estadio con capacidad superior a 30.000 espectadores previamente bendecido, donde será sometido al 'Juicio de Dios' de acuerdo a las prescripciones del obispo de la jurisdicción. El precio de la entrada será equivalente a los fijados por la A.F.A. para los partidos de primera división. La recaudación se destinará a Caritas."
"Si el reo supera la prueba deberá ser liberado inmediatamente y el estado y los querellantes deberán hacerse cargo de las costas del juicio penal y del diezmo al obispado correspondiente."
"En caso de que el reo no supere la prueba quedará en manos de la autoridad competente para que esta obre de acuerdo a derecho después de pagar las costas del "juicio de Dios."
La "ordalía" o "juicio de Dios" consistía en una prueba en la que el acusado de un delito debía demostrar su inocencia. Las más comunes eran las pruebas de fuego y de agua. En las de fuego el acusado era obligado a tomar con las manos un hierro candente, caminar sobre rejas de arado igualmente "al rojo" o sobre brasas, si no sufría quemaduras era inocente. En la más común de las pruebas de agua se sumergían los brazos del acusado en agua hirviendo durante un tiempo prudencial,digamos unos 5 minutos, luego se los vendaban y al tercer día se retiraban las vendas, si no había rastros de lesiones el reo era exculpado. En los casos de culpabilidad se proseguía con el tratamiento completo.
Los obispos argentinos creen que ha llegado el momento de imponer moderación ante la creciente simpatía de la opinión publica por la hebraica "ley del Talión".
El documento episcopal finaliza diciendo: "... así como no debe confundirse la pena de muerte con la práctica del 'gatillo fácil', tampoco debemos permitir que el 'Juicio de Dios' sea equiparado a las torturas que, para arrancar confesiones, se practican en las comisarías."
Amén.
El documento episcopal finaliza diciendo: "... así como no debe confundirse la pena de muerte con la práctica del 'gatillo fácil', tampoco debemos permitir que el 'Juicio de Dios' sea equiparado a las torturas que, para arrancar confesiones, se practican en las comisarías."
Amén.
Clara Egg Zetkin para "La Verdad" de Luján 19/03/2009
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